El derecho a la intimidad o privacidad como derecho humano
DOI:
https://doi.org/10.46780/cunzac.v7i1.112Palabras clave:
intimidad, privacidad, derechos humanosResumen
PROBLEMA: en la actualidad, principalmente en Guatemala no se cuenta con una normativa legal que estipule la violación al derecho de la intimidad ya que al hacerlo se estaría violando el derecho humano. OBJETIVO: determinar un estudio analítico del derecho a la intimidad o privacidad como derecho humano, para establecer si existe una normativa legal que lo ampare. MÉTODO: mediante la investigación se utilizó la lectura de libros, así como normativas legales, para esclarecer todo lo relevante al derecho a la intimidad o privacidad como derecho humano. RESULTADOS: las personas que se sienten vulneradas en su intimidad o privacidad tienen el derecho a exigir que se le proteja. La legislación guatemalteca establece uno de los derechos fundamentales como es la vida, también se considera que el derecho a la intimidad o privacidad es parte fundamental de la vida y no deben ser vulnerados, pues hoy en día el derecho a la intimidad se ve violado y mucho radica en que, en Guatemala, no está establecido dicho derecho, sino que se presta a que la privacidad pueda llegar a ser publica sin el consentimiento de las personas. CONCLUSIÓN: es necesario que los habitantes tengan la certeza que sus derechos se encuentren bien establecidos y la información solicitada sea entregada por la persona afectada; para que solamente con su autorización se pueda hacer uso de ella.
Descargas
Citas
Asamblea Nacional Constituyente (1985). Constitución Política de la República de Guatemala. Guatemala: Tipografía Nacional. https://www.cijc.org/es/NuestrasConstituciones/GUATEMALA-Constitucion.pdf
Congreso de la República de Guatemala (1973). Código Penal. Decreto 17-73. Guatemala: Diario de Centro América. https://www.un.org/depts/los/LEGISLATIONANDTREATIES/PDFFILES/GTM_codigo_penal.pdf
Congreso de la República de Guatemala (2008). Ley de Acceso a la Información Pública. Decreto 57-2008. Guatemala: Diario de Centro América. https://oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_gtm_acceso.pdf
Cortes Generales (1978). Constitución Española. España: Boletín Oficial del Estado. https://www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1)/con
Durán, M. (2008). Diccionario hispanoamericano de derecho. Colombia: Editorial Grupo Latino Editores. https://books.google.com/books/about/Diccionario_hispanoamericano_de_derecho.html?id=opLlZwEACAAJ
Escalante, F. (2007). El derecho a la privacidad. México: Editorial IFAI. http://www.itei.org.mx/v3/micrositios/diplomado/2016/ocotlan/anexos/presentaciones/iv_-_1a2_-_el_derecho_a_la_privacidad.pdf
Organización de las Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Resolución 2017 A (III). Francia: ONU. https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
UNESCO (1997). Declaración Universal sobre el genoma humano y los Derechos Humanos.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Licencia
Derechos de autor 2024 María Carolina Monroy Ramírez
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.
Los autores/as que publiquen en esta revista aceptan las siguientes condiciones:
- Los autores/as conservan los derechos de autor y ceden a la revista el derecho de la primera publicación, con el trabajo registrado con la licencia de atribución de Creative Commons 4.0, que permite a terceros utilizar lo publicado siempre que mencionen la autoría del trabajo y a la primera publicación en esta revista.
- Los autores/as pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en esta revista (p. ej., incluirlo en un repositorio institucional o publicarlo en un libro) siempre que indiquen claramente que el trabajo se publicó por primera vez en esta revista.
- Se permite y recomienda a los autores/as a compartir su trabajo en línea (por ejemplo: en repositorios institucionales o páginas web personales) antes y durante el proceso de envío del manuscrito, ya que puede conducir a intercambios productivos, a una mayor y más rápida citación del trabajo publicado (vea The Effect of Open Access).